Por Andrés Matos (Licho)
SANTO DOMINGO, R. D.- La “Regla de Oro” de la Democracia es el respeto a las mayorías
constituidas en un objetivo determinado. En los ayuntamientos, como gobiernos
locales, que tienen estructuras parecidas a los poderes del Estado, en
las cuales, las Salas Capitulares hacen las veces de Poder Legislativo y, el
Alcalde es el Ejecutivo, sus bufetes directivos, deben ser elegidos por
las mayorías de los regidores coincidentes, con transparencia y ética, en
procura de fortalecer la división de los poderes y el ejercicio eficaz de
sus funciones como representantes del pueblo para ser contrapeso del ejecutivo.
El PRM entiende que el contrapeso en el ejercicio gubernamental y local, en
la ejecución presupuestaria con transparencia, logra una mayor eficiencia
administrativa del ejecutivo, y el pueblo recibe mayor cantidad de beneficios
con servicios públicos de mayor calidad y cantidad, razón de ser del voto del
ciudadano, cada vez que elige un gobierno nacional o local.
En ese sentido, el PRM ratifica que ha instruido a sus funcionarios
municipales para que la llamada “regla de oro” que impere en la elección
de los bufetes directivos de los ayuntamientos sea la expresión de la mayoría
de Regidores y restablecer así la calidad fiscalizadora de las Salas
Capitulares como contrapeso de los gobiernos locales.
El Partido Revolucionario Moderno (PRM.) también aclara a su militancia y a
la opinión pública nacional, que en su comunicación de fecha 2 de agosto 2016 ,
dirigida al Secretario General de la Liga Municipal Dominicana Jhonny Jones, a
dirección del Partido de la Liberación Dominicana, y a otros partidos con
representación municipal, se limitó a cumplir con acto protocolar que
tradicionalmente desde el año 2002, cuando se inicia la conformación de
organizaciones sin fines de lucro (ONG), como son FEDOMU, ASODORE, FEDODIN,
UNIMUNDO, donde se agrupan los diferentes sectores de la municipalidad
realizan los partidos que obtienen la segunda mayoría municipal, y así lo
hizo el PLD dirigiéndose al Presidente del P.R.D. y al Secretario General
de la LMD, en el año 2002 y 2006, en comunicaciones firmadas por sus Secretario
General y Secretarios de Asuntos Municipales Dra. Flavia García y el Ing.
Ignacio Ditrén, designando sus delegados para los trabajos de cambio de
dirección en esas organizaciones sin fines de lucro.
En dicha comunicación copia de la cual estamos entregando a los medios de
comunicación NUNCA NOS REFERIMOS A LA OBTENCION DE POSICIONES EN ISNTANCIAS DEL
ESTADO DOMINICANO, el Partido Revolucionario Moderno jamás mendigará ante
ningún partido político una posición pública para ninguno de sus miembros o
dirigentes, muy por el contrario este naciente partido esta consiente que su
papel en estos momentos es ser el contrapeso del partido de gobierno y
prepararse para llegar a la dirección de la cosa pública en agosto del 2020.
En consecuencial el Partido Revolucionario Moderno (PRM), rechaza la
manipulación que desde sectores del Partido de la Liberación Dominicana (PLD)
se le ha dado a la antes señalada comunicación y reitera que nuestra
organización política apoya la co-existencia de los diferentes actores
municipales, en sus organizaciones representativas dentro del marco del respeto
mutuo y la unidad dentro de la diversidad política e ideológica con el fin de defender
los intereses municipales, reclamar las reivindicaciones y realizar
acciones dentro del marco de las mancomunidades municipales, que les son
comunes.
De igual manera nuestra organización política reitera su preocupación por
el estado de degradación, la falta de rendición de cuentas y de transparencia
en el gasto municipal y la falta de participación ciudadana en el gobierno
local, como resultado de la infuncionabilidad de los Concejos de Regidores,
como órganos normativos, de control y fiscalización municipal, situación
generada especialmente por la falta de comprensión y practica de los roles de
los dos órganos de los gobiernos municipales, consagrados en el art. 201 de la
constitución y en la Ley 176/07, en el sentido de que los regidores tienen
funciones de fiscalización de la gestión municipal y los alcaldes de ejecutivos
municipales por lo que es inconcebible que a partir de las reformas municipales
que los que van a ser fiscalizados escojan el presidente del órgano
fiscalizador.
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