La medida se enmarca en el marco del salto histórico que da el regulador en el proceso de transición de la televisión análoga a la Televisión Terrestre Digital (TTD) que beneficiará a millones de usuarios en todo el país.
SANTO DOMINGO.- El Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las
Telecomunicaciones (Indotel) aprobó la resolución número 121-2021, que dicta el
Reglamento que establece las disposiciones administrativas y técnicas que
regularán la radiodifusión televisiva y la transición hacia la Televisión
Terrestre Digital (TTD) en la República Dominicana.
La histórica medida, que dará un salto de la emisión análoga a la
televisión digital en el país, fue firmada por el presidente del Consejo
Directivo del Indotel, Nelson Arroyo; la directora ejecutiva, Julissa Cruz; y
los consejeros Pavel Isa, en representación del Ministro de Economía,
Planificación y Desarrollo, miembro Ex Oficio del consejo; Príamo Ramírez Ubiera,
Hilda Patricia Polanco y Darío Rosario Adames.
El presidente Luis Abinader mediante el decreto número 539-20 del 7 de
octubre del 2021 instruyó al Indotel establecer una hoja de ruta para la
implementación de la Televisión Digital en el 2022 en el país.
Con la implementación de la Televisión Terrestre Digital (TTD) se mejorará
significativamente la calidad de la imagen y el sonido de la televisión abierta
en la República Dominicana.
Con esta pieza reglamentaria se establecen las condiciones mínimas a tomar
en cuenta, principalmente las relacionadas con las especificaciones técnicas
necesarias, los aspectos que tienen que ver con la seguridad, la firma de los
contratos entre las concesionarias, entre otras acciones, señala la resolución.
El Reglamento establece, además de las disposiciones administrativas y
técnicas que regulen la radiodifusión televisiva y la transición hacia la
Televisión Terrestre Digital", que también "los servicios de TTD se
rijan en su contenido, por la información, programación, publicidad, derechos
de autor, propiedad intelectual y demás aspectos propios de los medios de
comunicación social, ya sea de normas de derecho interno o que resulten de
convenios o acuerdos internacionales suscritos y ratificados por la República
Dominicana".
Alcance del reglamento
Asimismo, el Reglamento será aplicable a los servicios públicos de difusión
televisiva que utilicen frecuencias radioeléctricas en las bandas de ondas
métricas o VHF, de ondas decimétricas o UHF atribuidas al servicio de radiodifusión
televisiva, los cuales habrán de ser transmitido en formato digital.
En cuanto a la competencia, el mismo establece que corresponderá
exclusivamente al Indotel la aplicación y la interpretación técnica de sus
disposiciones y que solo podrá ser enmendado, modificado o ampliado mediante
resolución emitida por el Consejo Directivo del regulador, de conformidad con
la Ley.
Igualmente, la radiodifusión televisiva conforme a lo establecido en la Ley
General de Telecomunicaciones número 153-98, es un servicio de difusión
público, es decir, sus emisiones están destinadas a ser recibidas directamente
por el público en general.
"La instalación y funcionamiento del servicio de Radiodifusión
Televisiva se regirán por las disposiciones de la Ley, los reglamentos y normas
técnicas dictadas por Indotel que la complementen", precisa el nuevo
Reglamento.
Señala que el Indotel convocará a concurso público para optar por la
concesión y licencia de radiodifusión televisiva cuando hubiere disponibilidad
de frecuencias, cuyo procedimiento general será el dispuesto por el Reglamento
de Autorizaciones para Servicios de Telecomunicaciones en el país.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario