El acuerdo responde a recientes demandas de galenos, especialmente en términos salariales y de beneficios laborales que será implementado a partir del primero de enero del próximo año, si la entidad médica firma el acuerdo antes del fin de año.
16 mil médicos, enfermeras, otros
profesionales de la salud y sus familias serán beneficiados directos e
indirectos de este acuerdo.
Santo Domingo.- El gobierno informó que
alcanzó un importante acuerdo con el Colegio Médico Dominicano (CMD) que
responde a recientes demandas de los profesionales de la salud, especialmente
en términos salariales y de beneficios laborales que será implementado a partir
del primero de enero del próximo año, si la entidad médica firma el acuerdo
antes del próximo 31 de diciembre de este año.
Asimismo 16 mil médicos, enfermeras,
otros profesionales de la salud y sus familias serán beneficiados directos e indirectos
de este acuerdo.
Esta información fue dada a conocer
mediante un documento de la Presidencia de la República en donde establece que
el Gobierno reafirma su disposición al diálogo y su compromiso con el bienestar
de todos los dominicanos, confiando en que el CMD procederá a la firma en el
plazo estipulado para garantizar la ejecución de este importante avance para el
sector salud.
“Es fundamental destacar que la
implementación de las disposiciones acordadas depende de la firma oficial del
Acuerdo por parte del Colegio Médico Dominicano antes del próximo 31 de
diciembre de 2024. Este paso es imprescindible para que las medidas
establecidas entren en vigor a partir del 1ro. de enero de 2025, beneficiando
de manera directa a los médicos y fortaleciendo el sistema de salud del país”,
explica el documento.
Este acuerdo se ha pactado en el marco
del dialogo colaborativo sostenido entre representantes del Gabinete de Salud y
los representantes del Colegio Médico Dominicano.
En que consiste el acuerdo
El gobierno de la República Dominicana
se compromete con el Colegio Médico Dominicano en:
1) Realizar un aumento salarial para los
médicos en funciones asistenciales de un 25%, el cual será aplicado de la
siguiente forma: 10% en enero del 2025, 10 % en julio del 2025 sobre el aumento
aplicado en el mes de enero, y 5% en enero del 2026, sobre el aumento aplicado
en el mes de julio.
El aumento aplica para los médicos del
Servicio Nacional de Salud (SNS), Ministerio de Salud Pública, Hospitales de
Autogestión, 911 y CONAPE, que se encuentren desempeñando funciones
asistenciales indistintamente a la cantidad de nombramientos como médico
asistencial que ostente. Este aumento será aplicado a la base el salario
establecido por cargo desempeñado.
Párrafo: Las partes acuerdan que se
creará una comisión conformada por el Ministro de Salud Pública, el Ministro de
Trabajo, el Director de Presupuesto, el Director de Pensiones y Jubilaciones y
Colegio Médico Dominicano, a los fines de
evaluar la propuesta del Colegio Médico relativa a la compensación
salarial según la ley, de los médicos pensionados. Esta comisión se reunirá
entre el 15 y 31 de enero del año 2025.
2) Continuar la construcción de los
apartamentos de la Jacobo Majluta del residencial de los médicos.
3) Realizar la nivelación salarial de
los médicos COVID de acuerdo con la escala salarial actual del SNS para médicos
generales.
4) Realizar la nivelación salarial de
los médicos del Ministerio de Salud Pública, cuyo cargo esté vinculados con los
programas de salud colectiva y servicios asistenciales.
5) Reconocer el derecho a una pensión
bajo la ley 414-98, cumpliendo con los parámetros que allí se señalan, para los
médicos asistenciales que trabajan en los
hospitales de autogestión, hospitales SEMMA y los médicos que tengan
derechos adquiridos para pensionarse al momento de la creación de la ARL hoy
IDOPPRIL, con el último salario devengado y los incentivos que tengan aplicados
reflejados en su nómina, al momento de pensión tales como distancia, docencia y
antigüedad, excluyendo los incentivos de productividad.
6)
Aumentar los Incentivos por distancia Zona Fronteriza de un 20% a un 30%
y los de distancia No Fronteriza de un 10% a un 15%. Este aumento se aplicará a
partir del pago correspondiente al mes de enero de 2025.
7) Aumentar los Incentivos de los
médicos en cargos de Intensivistas de un 10% a un 20%. Este aumento se aplicará
a partir del pago correspondiente al mes de enero de 2025.
8) Aumentar los Incentivos de los
médicos en cargos de emergenciólogos de un 10% a un 20%. Este aumento se aplicará
a partir del pago correspondiente al mes de enero de 2025.
9) Destinar 25 millones de pesos
anuales, al momento de la dispersión del presupuesto del Ministerio de Salud
Pública, para el Instituto de Previsión y Protección Social del CMD (IPPS), por
lo que dicha institución estará sujeta a auditorías y supervisión financiera
por parte de los órganos competentes, como la Contraloría General de la
República y la Cámara de Cuentas; en cumplimiento con las disposiciones legales
que rigen la materia, la cual indica que las personas físicas o jurídicas
privadas y las organizaciones no gubernamentales que recauden, reciban o
administren fondos o recursos públicos, o se beneficien de exenciones o
cualquier otro privilegio, estarán sujetas a la fiscalización de los fondos
púbicos. La auditoría y supervisión a la que se hace referencia, solo tiene
alcance sobre el monto destinado como donación por parte del Estado.
10) Aplicar los incentivos por
antigüedad al salario base, a los médicos con 15 o más años en servicio
cumplidos a la firma del presente acuerdo y que estén laborando en el SNS. En
caso de laborar en dos o más establecimiento deberá demostrar que en cada uno
tiene 15 años trabajando de manera concomitante para aplicar al incentivo en
ambos establecimientos de salud, sobre cada salario base.
11) Aplicar los incentivos por
antigüedad a los médicos con 15 o más años en servicio que cumplan con los
criterios a la firma del presente acuerdo en los hospitales de autogestión.
12) Disminuir el aporte a los planes
especiales transitorios de servicios de salud de los médicos pensionados y
jubilados de un 6.4 % a un 3.2%.
13) Garantizar el derecho de que los
médicos a la hora de jubilarse y pensionarse puedan elegir entre la ARS estatal
y la ARS CMD, siempre y cuando estén en la ARS CMD al momento de pensionarse.
Decreto 644-24.
14) La mejoría de varios hospitales:
Complejo Luis E Aybar, Emergencia del Padre Billini, La Romana, San Cristóbal,
Azua, entre otros hospitales.
El CMD se compromete a:
1) Incentivar el cumplimiento de las
jornadas laborales establecidas mediante los convenios, en todas las
instituciones antes mencionadas. De
igual forma no se opondrá al monitoreo con medios electrónico u otras vías para
la verificación del cumplimiento de las jornadas laborales establecidas.
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