Solicita dejar sin efecto dicha Resolución y su Contrato Póliza alegando que el mismo vulnera derechos fundamentales de los afiliados y contradice el mandato Constitucional de ampliar la cobertura, no de restringirla.
SANTO DOMINGO, República Dominicana. – La
Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad
Social (DIDA) sometió ante el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) un
recurso de reconsideración contra la Resolución 624-05 que aprueba el nuevo
Contrato Póliza del seguro de Discapacidad y Sobrevivencia.
Esta resolución surge en cumplimiento de
la Sentencia TC/0305/25 del Tribunal Constitucional que declaró
inconstitucionales las limitaciones del vencimiento del plazo y edad para
acceder a pensiones por discapacidad y sobrevivencia establecidas en la Ley
87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.
La DIDA informó que la normativa aprobada
no reconoce derechos retroactivos a los afiliados afectados por dichas
restricciones, aplicando los cambios únicamente desde la fecha de la sentencia
el 20 de mayo de 2025.
Elías Báez, director de la DIDA, señaló
que la institución considera que la Resolución 624-05 introduce disposiciones
regresivas e incompatibles con la Constitución y que van en contra de las
conquistas logradas, las defensas de la entidad y los casos que se presentan,
entre ellas la exclusión de siniestros ocurridos antes del 20 de mayo de 2025,
mantiene vigentes las limitaciones declaradas inconstitucionales; supresión de
garantías históricas como el reconocimiento de la pensión desde la fecha del diagnóstico
médico; uso indebido del ahorro previsional del afiliado de su Cuenta de
Capitalización Individual para financiar pensiones por discapacidad cuando la
Ley 87-01 establece que deben cubrirse con la prima del seguro de vida.
Báez indicó que dicha Resolución también
vulnera los derechos de los afiliados con la restricción ilegal del derecho a
traspaso entre Administradoras de Fondos de Pensiones afectando incluso a
funcionarios públicos con derechos adquiridos y generando contradicciones en
normativas que ponen en riesgo la protección en el sistema de pensiones.
El director de la DIDA afirmó que “La
Resolución del CNSS vulnera derechos fundamentales y contradice el mandato
Constitucional de ampliar la cobertura, no de restringirla”.
Acciones previas
El funcionario recordó que la DIDA
mediante comunicaciones oficiales (D-000987, D-001276, D-001987 y D-002188,
comunicó y advirtió al CNSS sobre la necesidad de adecuar correctamente el
Contrato Póliza tras la sentencia del Tribunal Constitucional, solicitando
además participar en las mesas técnicas.
“Nuestras recomendaciones no fueron
tomadas en cuenta y se omitieron elementos esenciales para proteger a los
afiliados”, señaló Báez.
Pide dejar sin efecto dicha Resolución
La Dirección General de Información y
Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) solicitó al Consejo
Nacional de Seguridad Social (CNSS) a través del recurso de reconsideración
dejar sin efecto la Resolución 624-05 de Contrato Póliza, suspender sus efectos
de inmediato para evitar daños irreparables, iniciar un nuevo proceso de
revisión, con participación de la DIDA y demás actores.
Asimismo, requirió aplicar la
retroactividad favorable conforme al artículo 13 de la Ley 107-13 sobre los
Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de
Procedimiento Administrativo para reparar a los afiliados afectados y
garantizar que ninguna reforma implique regresividad, ni utilice fondos del
trabajador para cubrir prestaciones que corresponden a la aseguradora, tal y como
dispone la Ley 87-01 de Seguridad Social.
La DIDA reafirma su compromiso con la
defensa del interés general y la protección efectiva de los derechos de los
afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social, asegurando que “la
seguridad social debe avanzar hacia mayor justicia y cobertura, nunca hacia la
exclusión o el retroceso”.
Anunció que la institución continuará
utilizando todos los mecanismos administrativos y judiciales para garantizar un
sistema transparente, legal y humano, especialmente en favor de personas
vulnerables.

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