Santo Domingo, R. D. - La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia falló a favor del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) mediante sendas resoluciones rechazando las solicitudes de suspensión del reglamento que regula el servicio de Itinerancia (Roaming) Automático Nacional (RAN), aprobado por el Consejo Directivo del INDOTEL mediante Resolución núm. 070-2023.
La
referida pieza regulatoria constituye una herramienta que promueve el acceso de
los usuarios, quienes tendrán la oportunidad de recibir una mejor oferta de
servicios con mayor cobertura y permitirá un uso eficiente de la
infraestructura de las redes móviles existentes y del espectro radioeléctrico
como recurso natural no renovable.
En
términos prácticos, la implementación de este mecanismo de servicio favorecerá
a los usuarios focalizados en las zonas deprimidas de la geografía nacional y
permitirá al Estado, por vía del INDOTEL, satisfacer el derecho de acceso
universal sobre todo en aquellos lugares donde los usuarios de servicios
móviles no cuentan con cobertura debido a las condiciones socioeconómicas de
las zonas.
El
Roaming Automático Nacional (RAN) se corresponde a la modalidad de prestación
de servicio -mayorista- que permite que un operador entrante o solicitante,
bajo ciertas condiciones, pueda prestar servicios públicos de
telecomunicaciones a través del uso de la infraestructura de redes móviles de
una prestadora propietaria de la red visitada, sujeto a la suscripción de un
acuerdo a tales fines, eliminando así barreras de entrada a las nuevas
concesionarias o prestadoras emergentes, a la vez se establecen las condiciones
para la diversidad de ofertas de estos servicios para un segmento importante de
la población.
Con
la aprobación del indicado reglamento, INDOTEL ha establecido las condiciones
apropiadas para que las operadoras de servicio de telecomunicaciones oferten
sus servicios en forma accesible a los usuarios, se beneficia la interconexión,
y se norman los principios y las condiciones generales para la prestación del
servicio de roaming automático en todo el territorio nacional.
El
INDOTEL enfatizó que por vía del indicado reglamento “no sólo garantiza el
acceso igualitario a los servicios de telecomunicaciones en localidades sin
cobertura o infraestructura propia por parte de las prestadoras actuales, sino
que también facilita la entrada de nuevos operadores al mercado”. Destacó que
la resolución y el Reglamento RAN fomentan “la competencia, elimina barreras de
entrada para prestadoras emergentes y promueve una mayor diversidad en la
oferta de servicios para un amplio segmento de la población”.
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