La medida se establece mediante el decreto 418-21
SANTO DOMINGO, R. D.- El Poder Ejecutivo declaró mediante el decreto 418-21 la veda en todo el
territorio nacional para la captura, pesca y comercialización de los peces
loro, jabón, butú, cotorra, doctores, cirujanos, ángeles, mariposas, pepinos de
mar y holoturias.
La veda establecida en el decreto 418-21, es de dos años, iniciando el 2 de
julio de 2021 y finalizando el 2 de julio de 2023.
El mismo decreto establece como excepción a la veda, la comercialización de
carne o masa de las especies objeto de la veda, hasta el 30 de agosto de 2021;
así como, la recolección de las especies de holotúridos para fines de
investigación o estudio científico solo en proyectos autorizados por el
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Mimarena).
Por otro lado, prohíbe el uso, en todo el territorio nacional, de
compresores de buceo para la pesca diurna o captura nocturna de especies
acuáticas.
Finalmente, se dispone que el Mimarena elabore un informe para una línea
base sobre el estado actual de las especies de las familias cuya captura, pesca
y comercialización quedan vedadas; asimismo, que realice las investigaciones
para el análisis anual del estado de la población de peces herbívoros y
precisar el impacto y efectividad de las disposiciones de la veda.
Este ministerio queda igualmente instruido a elaborar y emitir las
resoluciones necesarias para la aplicación del decreto de veda, que incluya las
acciones para impedir, subsanar, corregir o eliminar las situaciones que
perjudican los recursos acuáticos (marinos y de agua dulce) objeto de la veda.
A través de esta veda, el Gobierno dominicano cumple con su compromiso de
protección de los arrecifes de coral, que son de los ecosistemas tropicales de
más alta biodiversidad del mundo, a los cuales contribuyen para su construcción
y preservación los peces herbívoros objeto de esta veda, como los loros y
doctores.
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