El doctor Antoliano Peralta Romero expuso durante la Jornada de Evaluación sobre la Participación Gubernamental y de la Sociedad Civil en el Proceso de la Reforma Penitenciaria Dominicana.
Santo Domingo, R. D.- En el marco de la
Jornada de Evaluación sobre la Participación Gubernamental y de la Sociedad
Civil en el Proceso de la Reforma Penitenciaria Dominicana, el consultor
jurídico del Poder Ejecutivo, el doctor Antoliano Peralta Romero, disertó este
viernes sobre la propuesta de creación del Ministerio de Justicia y sus implicaciones
para el sistema penitenciario dominicano.
Su exposición giró en torno a tres
elementos principales: 1) Oleada de reformas penitenciarias; 2) Antecedentes
del Ministerio de Justicia; y 3) Contenido de la propuesta de creación del
Ministerio de Justicia y lugar del sistema penitenciario.
Peralta Romero, inició su ponencia
advirtiendo que “hace apenas unas décadas que se inició una oleada de reformas
al sistema penitenciario en República Dominicana, el cual estuvo sustentado
durante todo un siglo en el Código Penal Dominicano, vigente desde 1884, bajo
la influencia del código napoleónico francés”. También hizo referencia al Nuevo
Modelo Penitenciario, implementado a partir del año 2004 “con logros puntuales,
sin que se hayan podido resolver los graves problemas de sobrepoblación
carcelaria, hacinamiento y descontrol de las prisiones dominicanas”.
Asimismo destacó que, en el actual
Gobierno fue emitida la Ley núm. 113-21, que regula el Sistema Penitenciario y
Correccional en la República Dominicana y crea la Dirección General de
Servicios Penitenciarios y Correccionales, bajo la dependencia de la
Procuraduría General de la República, institución sobre la cual ha recaído la
dirección del sistema penitenciario en la historia reciente. Apuntó, sin
embargo, que “esto no siempre fue así en la realidad política y jurídica de la
República Dominicana”.
En un breve recuento histórico, Peralta
Romero enfatizó que el Ministerio de Justicia nació con la primera
Constitución, en 1844, manteniéndose la figura con ciertas intermitencias
durante más de un siglo, cuando, finalmente el 10 de diciembre de 1964, durante
el Triunvirato, fue promulgada la Ley núm. 485, que suprimió la institución y
traspasó la mayor parte de sus funciones a la Procuraduría General de la República.
Recordó que el posible retorno del
Ministerio de Justicia lleva ya dos décadas de diálogo político y social, el
cual fue reavivado especialmente en los últimos años gracias al impulso dado
por el presidente Luis Abinader, lográndose introducir una propuesta acabada en
el Congreso Nacional en febrero de 2023 y aprobarse por el Senado un texto
enriquecido el pasado mes de junio, luego de la reforma constitucional de 2024,
por lo que la propuesta “cada vez está más cerca de convertirse en ley”, solo faltando
su conocimiento en la Cámara de Diputados.
También advirtió que de los 22 países que
conforman la comunidad iberoamericana, solo en 3 permanecen en manos del
Ministerio Público las labores administrativas del gobierno en el ámbito de la
justicia, que son Ecuador, Nicaragua y República Dominicana.
Concluyó sus palabras afirmando que la
intención del Poder Ejecutivo “es rescatar una figura del diseño institucional
original del Estado dominicano, incorrectamente suprimida por las presiones
políticas del momento, para que renazca el Ministerio de Justicia como una
entidad bien diseñada y coherente con el resto del ordenamiento jurídico,
empezando por la propia Constitución, y la cual sea dotada legalmente de las
herramientas necesarias para hacer frente a las necesidades de la población
dominicana en distintos ámbitos relacionados al sistema de justicia, pero
particularmente al sistema penitenciario”.
Implicaciones para el sistema
penitenciario
El consultor jurídico del Poder Jurídico
apuntaló que el Ministerio de Justicia asumiría la coordinación del Sistema
Penitenciario y Correccional, apoyándose en las figuras institucionales del
ministro de Justicia, el viceministro de Políticas Penitenciarias y
Correccionales y el director general de Servicios Penitenciarios y
Correccionales.
En lo que respecta al Viceministerio de
Políticas Penitenciarias y Correccionales, este deberá asistir al ministro de
Justicia en lo siguiente:
a) La
coordinación del Sistema Penitenciario y Correccional.
b) El
diseño, planificación y supervisión de las políticas públicas penitenciarias y
correccionales.
c) El
diseño, planificación y supervisión de las políticas públicas de reinserción
social.
d) La
función de enlace del Poder Ejecutivo con las organizaciones de la sociedad
civil cuyo objeto esté relacionado al sector.
Por su parte, la Dirección General de
Servicios Penitenciarios y Correccionales coordinará la ejecución y el
seguimiento de los servicios penitenciarios y correccionales, en virtud de las
políticas públicas diseñadas por el Ministerio de Justicia.
Adicionalmente, la propuesta legislativa organiza
un nuevo Sistema Penitenciario y Correccional para la coordinación
interinstitucional de las políticas públicas penitenciarias y correccionales,
como un espacio común de intercambio, que reúne a las instituciones públicas y
las organizaciones de la sociedad civil vinculadas al sector.
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