SANTO DOMINGO, R. D.- El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Dr. Antoliano Peralta Romero, reiteró ante la prensa este miércoles que el presidente Abinader no está impedido de inaugurar las obras del gobierno central durante el periodo de campaña municipal, pues las limitaciones que le establece la ley electoral están dispuestas para otra etapa.
Peralta Romero recordó que el párrafo 6
del artículo 210 de la Ley Electoral vigente dispone con claridad un régimen
diferenciado para las autoridades municipales y para el Poder Ejecutivo. Señaló
que, de la lectura del referido texto, se percibe claramente la distinción de
la norma para los respectivos funcionarios, al prohibir “durante los cuarenta
(40) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios
municipales y sesenta (60) días anteriores a la fecha fijada para la
celebración de los comicios presidenciales y congresuales, la realización de
actos inaugurales de obras públicas”.
Precisó que, si se pretendiese una
interpretación tergiversada de la norma, creando dos espacios distintos de
prohibición al Ejecutivo, se incurriría en una discriminación para con este, en
la óptica del proceso electoral. Agregó que, por demás, una interpretación sesgada
solo contribuiría a impedir que el presidente ejecute eficazmente su plan de
gobierno en beneficio de la ciudadanía. Agregó que el espíritu de la ley es que
un funcionario esté impedido de inaugurar obras públicas cuando es candidato a
un cargo por elección, para no crear una situación desventajosa hacia los demás
candidatos, pero la candidatura presidencial de Luis Abinader no se formalizará
ante la JCE hasta principios de marzo de 2024.
“Es lamentable que una norma tan clara
como esta no sea correctamente entendida por algunos, ya que crea una confusión
en la ciudadanía” señaló el funcionario. Agregó que asume que la mayoría de los
que lo hacen llegan a esa conclusión por un error en la lectura de la ley y no
por la malsana intención de dañar, pero, en uno u otro caso, debe corregirse y
procurar el cumplimiento de lo que la ley realmente dice y no de lo que puede
convenir a un sector”.
El consultor jurídico fue abordado en la
tarde de hoy por la prensa que cubre el Palacio Nacional y al explicar sus
razones recordó que la Junta Central Electoral (JCE) también respalda esta
interpretación, marcando el 20 de marzo como la fecha límite para el presidente
y el 9 de enero para los alcaldes.
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