Por Héctor D. Núñez
La economía digital ha transformado la
forma en que miles de influencers, creadores de contenido y profesionales
independientes generan ingresos a nivel internacional.
Plataformas con sede en los Estados Unidos
como Amazon (Influencer/Afiliados), Apple Music, Facebook, Fiverr, Instagram,
Ko-fi, OnlyFans, Patreon, Spotify, TikTok, Twitch, Upwork y YouTube se han
convertido en fuentes habituales de monetización para creadores fuera de ese
país.
Sin embargo, estos ingresos están sujetos
a disposiciones fiscales específicas del sistema tributario estadounidense.
En particular, los pagos de fuente
estadounidense a personas extranjeras se reportan mediante la Forma 1042-S,
documento que refleja la retención fiscal (30%) documento que refleja la
retención fiscal aplicada conforme a la ley.
El desconocimiento de este proceso ha
llevado a que muchos creadores de contenido, no comprendan plenamente el
alcance para recuperar la retención, ni la importancia de revisar adecuadamente
la documentación recibida.
Para los ingresos generados durante el año
2025, las empresas pagadoras deben emitir la Forma 1042-S y entregarla al
beneficiario a más tardar el 15 de marzo de 2026, fecha clave dentro del
calendario fiscal.
Es importante señalar que el hecho de no
haber gestionado esta documentación en años anteriores no implica
necesariamente la pérdida automática de los montos retenidos, siempre que se
actúe dentro de los plazos legales establecidos.
En un entorno donde la economía digital
continúa en expansión, la educación fiscal y la orientación profesional se
convierten en herramientas esenciales para una gestión financiera responsable y
sostenible de los ingresos digitales.
Héctor D. Núñez
El autor es profesional de los impuestos
en los Estados Unidos con 48 años de ejercicio profesional | 35 años en Nueva
York.
Agente Autorizado del IRS y Acceptance
Agent (CAA)
28 años Presidente, Núñez Tax Service,
Inc.

No hay comentarios.:
Publicar un comentario