“El Poder Ejecutivo no puede
tomar medidas anticipadas que correspondan ser discutidas previamente con la
autoridades Legislativa”.
Santo Domingo Este.- El diputado por el Partido Revolucionario
Moderno (PRM), Alexis Isaac Jiménez, consideró como inconstitucionales las
decisiones adoptadas por el Poder Ejecutivo en la que explicó ninguno de los poderes
del Estado puede asumir las funciones de ningún otro.
Sostuvo que la división de los poderes del Estado es la garantía de la
democracia y de la representación popular, al tiempo que dijo de lo contrario
se estaría dando paso a una dictadura.
“Hay una violación al artículo 4 de la Constitución que dispone la
división de los poderes del Estado, pues cada poder tiene establecido las
funciones que le corresponden y ninguno puede asumir las funciones del otro;
esa división es la garantía de la democracia y de la representación popular, de
lo contrario se estaría dando paso a una dictadura” expresó .
El legislador del PRM explicó que la separación de funciones es lo que
evita el poder omnímodo de uno de los poderes del Estado, y es lo que garantiza
que seamos un país democrático.
Alexis Isaac Jiménez precisó que el Poder Legislativo no debe permitir que
bajo ningunas circunstancia debe delegar sus funciones al Poder Ejecutivo,
quien según expresó no puede tomar medidas anticipadas que correspondan ser
discutidas previamente con la autoridades legislativa.
“Es por eso que el Poder Legislativo no debe permitir bajo ningún concepto
la delegación de sus funciones al Poder Ejecutivo, quien no puede tomar medidas
anticipadas que correspondan ser discutidas previamente con la autoridades legislativa,
en franca violación a la Constitución y a la institucionalidad del Estado, al
menos que sean cómplice de una dictadura” refirió.
El legislador explicó que las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo
“violenta el artículo 6 de la Constitución dominicana que impone la supremacía
Constitucional, a todos los órganos del Estado sin excepción, los cuales deben
someterse a la Supremacía de la Constitución, de lo contrario sus actuaciones
tendrían que ser anuladas. La supremacía implica que todo poder del Estado debe
someter sus actuaciones al orden constitucional, es decir respetar lo impuesto
en la Carta Magna, esto incluye el Estado de Emergencia cuya declaratoria debe
ser autorizada previamente por el Legislativo”.
Jiménez añadió que la consecuencia de la violación del orden y supremacía
constitucional realizada por el mandatario de turno es injustificada, y
conlleva la nulidad del acto, que violento los parámetros establecidos por la
constitución conforme al artículo 6 de la Ley de leyes.
Alexis Jiménez fustigó que no se puede concebir que en un Estado democrático
el Poder Ejecutivo actúe al margen de la constitución.
“No es posible concebir en un Estado democrático con actuaciones del
Ejecutivo al margen de la constitución, pues es la norma que establece la
conducta que se debe mostrar en todo momento pues en ella están los valores y
principios que tiene que exhibir el que gobierna la nación” concluyó el
diputado perremeísta.
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