La nueva norma está marcada con la numeración 1-25.
Santo Domingo, R. D.- El presidente de
la República, Luis Abinader, ha promulgado en el día de hoy, la Ley núm. 1-25
que modifica la Ley núm. 138-11, del 21 de junio de 2011, Orgánica del Consejo
Nacional de la Magistratura.
La referida norma modifica la indicada
Ley núm. 138-11, que es la que rige al Consejo Nacional de la Magistratura, a
los fines de adecuarla al texto reformado de la Constitución, proclamado el 27
de octubre de 2024, relativo a la escogencia del procurador general de la
República y sus adjuntos, así como la nueva composición del Consejo Nacional de
la Magistratura.
Como señala la Norma Suprema, a partir
de su vigencia el procurador general de la República no será más un funcionario
de designación unilateral del presidente de la República, sino que éste debe
proponer a una persona que cumpla con determinados requisitos constitucionales
al Consejo Nacional de la Magistratura para su aprobación.
Dicho órgano, en el que conviven los
demás Poderes Públicos y en el que coexisten las distintas ideas políticas de
la nación, puede aprobar o desaprobar su propuesta, así como de 7 procuradores
adjuntos.
Del mismo modo la ya promulgada Ley núm.
1-25 recoge la introducción del presidente del Tribunal Constitucional como
miembro del Consejo Nacional de la Magistratura y la salida del procurador
general de la República, figura que se había introducido en la reforma constitucional
de 2010.
El Consejo Nacional de la Magistratura
tiene el cometido de avocarse ahora a conocer y aprobar el reglamento
correspondiente para la aplicación de la Ley, y proceder a la escogencia de las
máximas autoridades del Ministerio Público, así como las demás funciones
pautadas para este año, como son la evaluación de algunos de los jueces de la
Suprema Corte de Justicia, así como llenar vacantes disponibles en dicho
órgano.
Del mismo modo, a partir de julio de
este año, debe también conocer de la evaluación y designación de los miembros
del Tribunal Superior Electoral.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario