Con este caso, la institución da inicio al proceso de apertura de investigaciones de 2026, luego de que el año pasado se alcanzara un récord de cinco casos que involucraron a 16 agentes económicos.
Santo Domingo, R. D.- La Dirección
Ejecutiva de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia
(Pro-Competencia) ordenó el inicio de una investigación de oficio contra los
agentes económicos Ana Esmeralda Santana y Santana de Nova, Andrea Rosaura
Polanco Santana e Ireana Milagros Nova Santana, tras encontrar indicios
razonables de coordinación de ofertas y prácticas anticompetitivas en un
proceso de compras públicas para el Programa de Alimentación Escolar, convocado
por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE).
La disposición fue adoptada mediante la
Resolución núm. RII-DE-AAC-001-2026, la primera emitida en el presente año en
esta materia, con la cual la institución da inicio formal al proceso de
apertura de investigaciones de 2026, luego de que en 2025 se registrara un
récord de cinco casos que involucraron a 16 agentes económicos.
Durante el análisis de la documentación
correspondiente a la licitación, la Dirección Ejecutiva identificó múltiples
coincidencias que refuerzan la hipótesis de una posible colusión entre los
referidos agentes económicos, incluyendo vínculos societarios entre los
oferentes y el uso de una red de proveedores comunes, entre los que destacan un
mismo notario público y un mismo contador público autorizado.
Asimismo, se identificó la obtención de
documentos clave, como cartas de referencia bancaria con numeración
consecutiva, además de la presentación de programas de control de plagas
idénticos, ejecutados por la misma empresa y por el mismo técnico fumigador, en
fechas coincidentes.
“Estos elementos sugieren una posible
coordinación para manipular los resultados del procedimiento”, precisó la
Dirección Ejecutiva.
La conducta investigada se tipifica, de
manera preliminar, en el artículo 5, literal “b”, de la Ley núm. 42-08, que
prohíbe los acuerdos para coordinar ofertas.
La Dirección Ejecutiva de ProCompetencia
aclaró que esta resolución no prejuzga la culpabilidad de las empresas
investigadas, sino que habilita la fase investigativa para contrastar los
elementos disponibles y garantizar el derecho a la defensa, conforme al
principio de presunción de inocencia, hasta que una decisión final y firme
determine lo contrario.

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