“Asamblea escoge y juramenta el comité de seguimiento a su
ejecución en Santo Domingo Este”
Por Sucre Julián Barrera
El Consejo de Regidores del Ayuntamiento Santo Domingo Este ASDE reunido en
Asamblea de Cabildo Abierto, aprobó el 12vo. Presupuesto Participativo
Municipal PPM, y el Comité de Seguimiento según la Ley 170-07,
supervisara la ejecución de las obras que serán realizadas en los 18 Bloques en
que el ASDE tiene dividido el Municipio.
La Asamblea del Consejo dio apertura a las 3:37 pm con palabras de la
presidente del Consejo la Regidora Ana Gregoria Tejeda quien una vez instalada
la Asamblea presento al Alcalde Alfredo Martínez, quien dio lectura a un
informe ponderando la ejecución del PPM y los logros obtenidos en su gestión
frente al Ayuntamiento en transparencia y participación. Este presupuesto y su
plan de inversión 2018 fueron aprobados por la mayoría de los regidores
presentes en el Cabildo Abierto.
Luego de escuchar el informe final de la gestión que dirigiera el
alcalde Alfredo Martínez; el secretario general Ing. Freddy M. Santana Martínez
dio lectura de cada obra asignada e informó que estas obras deberán ser
incluidas en el presupuesto general del ASDE correspondiente al año 2018, y que
las mismas fueron decididas en 111 consultas comunitarias realizadas por juntas
de vecinos y OCB”s en sus barrios y sectores, así como 18 asambleas de Bloque
donde fueron escogidas 73 obras de desarrollo del Plan De Inversión del PPM,
involucrando a más 8,600 líderes sociales y comunitarios.
Externo que el total general del Plan de inversión del presupuesto
Participativo Municipal PPM para el año 2018 es de RD$. 181,128,346.81,
dividido en las tres circunscripciones del municipio, a razón de: 21 Obras en
la Circunscripción Uno por un valor del RD$:51,229,702.80, 16 Obras en la
circunscripción Dos por un valor de RD$.34,082,500.31 y 36 obras en la
circunscripción Tres por un valor de RD$.95,815,817.70 pesos.
Para conformar el Comité de seguimiento del PPM, fueron escogidos 5
Delegados por la Circunscripción No. Uno, Cuatros Delegados por la
Circunscripción No. Dos y Nueves Delegados por la circunscripción No. Tres, y
estos delegados en Asamblea escogieron Un presidente que recayó en la
Circunscripción Tres, Una Vicepresidente que recayó en la Circunscripción No.
Dos y el Secretario que recayó en la Circunscripción No. 1.
Una vez escogidos los directivos del Comité de Seguimiento del PPM fueron
debidamente juramentados por el Secretario General Del Consejo de regidores del
ASDE, ante la presencia del Alcalde Alfredo Martínez, la Presidente del Concejo
de Regidores y las demás autoridades del Ayuntamiento Municipal.
El Presupuesto Participativo Municipal es una herramienta de gestión
pública donde la sociedad civil organizada y el Gobierno Local, de manera
concertada, priorizan la inversión de los recursos públicos, materializados en
proyectos de inversión; este instrumento permite a los munícipes incidir o
tomar decisiones, concernientes al presupuesto del municipio. Es la
manera real y verdadera de participación ciudadana en la toma de decisiones en
función de sus intereses.
En su artículo 236, la Ley 176-07 instituye el sistema de Presupuesto
Participativo Municipal (PPM), que tiene por objeto establecer los mecanismos
de participación ciudadana en la discusión, elaboración y seguimiento del
presupuesto del municipio, especialmente en lo concerniente al 40% de la
transferencia que reciben los municipios del Presupuesto Nacional por la Ley,
que deben destinar a los gastos de capital y de inversión, así como de los
ingresos propios aplicables a este concepto.
La Ley en su artículo 237, señala que los objetivos del sistema de
Presupuesto Participativo Municipal son: 1. Contribuir en la elaboración del
Plan Participativo de Inversión Municipal, 2. Fortalecer los procesos de
autogestión local, 3. Ayudar a una mejor consistencia entre las líneas,
estrategias y acciones comunitarias de reducción de la pobreza e inclusión
social, 4. Garantizar la participación de todos los actores: comunidades,
sectores. 5. Identificar las demandas desde el ámbito comunitario. 6. Permitir
el seguimiento y control de la ejecución del presupuesto; 7. Realizar el
mantenimiento preventivo de las obras públicas.
En función de la Ley 176-07 en su artículo.- 239 el cual
establece que, tomando en cuenta las condiciones particulares de cada
municipio, se realizará sobre un procedimiento básico y general, compuesto por
tres etapas. Primera Etapa: preparación, diagnóstico y elaboración de
visión estratégica de desarrollo. Segunda Etapa: consulta a la
población, a) La población identifica sus necesidades más prioritarias y decide
los proyectos y obras, b) Asambleas comunitarias, Asambleas seccionales, c)
Cabildo Abierto o Asamblea Municipal. Tercera Etapa: transparencia
y seguimiento al Plan de Inversiones Municipal del Presupuesto Participativo.
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