Mediante el decreto 396-21 el Presidente Luis Abinader dispone un conjunto de medidas administrativas que buscan reducir importantes componentes del gasto gubernamental por parte de todos los entes que conforman el Poder Ejecutivo, y organismos autónomos y descentralizados del Gobierno Central.
SANTO DOMINGO, R. D.- Con el fin de seguir enfrentando el severo impacto que ha tenido la
pandemia del COVID-19 en la economía nacional e internacional, el Decreto
presidencial establece considerables reducciones en gastos relacionados con
viajes al exterior, la compra de vehículos de lujo, remodelaciones de alto
costo, agasajos y celebraciones.
La disposición también alcanza las donaciones, obsequios, uso de
instalaciones privadas para la realización de actividades, y hasta el uso de
personal policial o militar asignado a funcionarios públicos, con muy contadas
excepciones establecidas en el propio decreto.
Entre las medidas que destacan está la prohibición de salidas al exterior
de servidores públicos en viajes oficiales que no cuenten con autorización
previa y la consecuente compra de boletos aéreos.
De igual manera quedan prohibidas las compras de vehículos de motor,
excepto aquellos utilitarios que sean imprescindibles para la adecuada
ejecución de las funciones a las que sean asignados y debidamente
autorizadas.
Igualmente solo se autorizarán exoneraciones y exenciones de vehículos según
lo establecen las correspondientes leyes aplicables y se denegará cualquier
solicitud relacionada, que no tenga su base en alguna ley.
En cuanto a los vehículos oficiales, queda prohibido su uso durante fines
de semana y días feriados.
Por otra parte, el decreto 396-21 también busca racionalizar el uso de
parte del recurso humano asignado a instituciones y funcionarios, para lo cual
ordena a los Ministros de Defensa e Interior y Policía, una profunda revisión
del personal policial y militar a disposición de instituciones públicas y a
servidores públicos y otros dignatarios para reducirlo a la cantidad
estrictamente necesaria y eficientizar su distribución.
Igualmente queda prohibido el uso de flanqueadores motorizados en
desplazamientos de los servidores públicos, con claras excepciones como la del
Presidente y Vicepresidenta de la República, Ministros de Defensa e Interior y
Policía, Director General de la Policía Nacional, Procuradora General de la
República, Comandantes generales de los cuerpos castrenses, Presidente de la
DNCD y el Director del DNI.
En el caso específico de la Policía Nacional se ordena la reducción de
personal asignado a instituciones y funcionarios en al menos un 50%, para que
el resto sea dedicado a la implementación efectiva de la Estrategia Nacional
Integral de Seguridad Ciudadana “Mi País Seguro”.
La responsabilidad del seguimiento y de velar por el cumplimiento de este
decreto presidencial queda a cargo del Ministerio Administrativo de la
Presidencia y el Ministerio de Administración Pública, en coordinación con la
Dirección General de Presupuesto y la Contraloría General de la República.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario